PUEBLENSE 1 -UDAC 1
UDAC:
NICO, DAVID, RAMÓN , LONGINOS, ABEL , MIGUEL,PABLO, TONI , REVESTIDO, ÁNGEL, (SERGIO)(FERNANDO)
El apartado a) del artículo 293 del Reglamento General de la RFEF, establece que para que un jugador pueda alinearse
válidamente en competición oficial debe hallarse reglamentariamente inscrito y en posesión de licencia obtenida
en los períodos que establece el artículo 141 del citado Reglamento General. Por causas que este órgano de disciplina
no entra a valorar, El C.D. Pueblense inicia este obligado trámite el 25/10/09, a la sazón fecha del partido de referencia,
por lo que el jugador objeto de reclamación aquel día no cumplía este requisito imprescindible, en consecuencia debe
establecerse la comisión de la infracción de alineación indebida denunciada con las consecuencia inherentes que ello conlleva,
esto es, computar el partido como perdido al C.D. PUEBLENSE declarando ganador a su oponente U.D. ALTO CINCA por el tanteo de cero goles a tres, imponiéndole, además, la accesoria multa reglamentariamente establecida para estas infracciones. (Artículo: 76 Sanción Económica 40.00 €)
Fuente: www.futbolaragon.com
C.D.GRAUS |
|
|
DESCANSA |
C.D.ALTO ARA |
0 |
0 |
ALMUNIA S.J. |
U.D.MONTAÑESA |
3 |
3 |
ALBELDA |
U.D.SANTALECINA |
0 |
3 |
ZAIDIN-C.D |
C.F.OSSO DE CINCA |
2 |
2 |
U.D.SAN ESTEBAN |
C.D.BERBEGAL |
3 |
0 |
C.D.ALBALATE |
C.D.PUEBLENSE |
0 |
3 |
U.D.ALTO CINCA |
C.D.ESTADILLA |
1 |
4 |
C.D.I.CAPELLA |
7 |
Partidos Jugados |
1 |
Victorias Locales |
24 |
Goles Marcados |
3 |
Empates |
3,43 |
Goles por Partido |
3 |
Victorias Visitantes |
|